El Plan de Vivienda 2018-2021 aprobado en marzo de 2018 por el Ministerio de Fomento incluye el
Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de la vivienda . Con este plan se pretende fomentar las
obras de mejora en viviendas para aumentar su eficiencia energética y su sostenibilidad .
Una apuesta por el ahorro de energía y la eficiencia energética El objetivo de este programa es servir de ayuda para paliar las consecuencias de un mantenimiento insuficiente del parque inmobiliario construido en España. Así, se otorga protagonismo al
bienestar de la ciudadanía, la reactivación del sector de la construcción y el fomento del ahorro y la eficiencia energética ; todo en línea con las exigencias europeas. Con su aplicación se mejorará la calidad de la edificación y se invertirá en su conservación, su accesibilidad universal y su sostenibilidad ambiental.
Las ayudas se dirigen tanto a viviendas unifamiliares (urbanas o rurales, aisladas o adosadas) como a edificios de viviendas. Los propietarios pueden ser personas físicas o jurídicas, tanto de índole privada como pública, así como las distintas administraciones, organismos y empresas públicas.
¿Quiénes se pueden beneficiar y qué requisitos son necesarios? Las ayudas se pueden obtener desde comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades a cooperativas de vivienda, propietarios de edificios, empresas o cooperativas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios y empresas de servicios energéticos.
Las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla son las responsables de la gestión. Las administraciones autonómicas han añadido al programa ayudas adicionales, dentro de sus ámbitos competenciales.
Eso sí, es imprescindible que al menos la mitad de las viviendas del edificio sean
domicilio habitual. Además, su construcción debe haber finalizado antes del 1 de enero de 1996 .
¿Qué actuaciones son subvencionables? La ayuda para la
rehabilitación energética de edificios más relevante, por su eficacia para contribuir en el ahorro de energía y la sostenibilidad, es la
mejora de la envolvente térmica . También se incluye en el programa la instalación o la mejora de sistemas de calefacción, refrigeración o producción de agua caliente sanitaria, así como la ventilación para el acondicionamiento térmico.
Del mismo modo, se subvencionarán las acciones relacionadas con la
instalación de equipos de energías renovables , así como las obras que mejoren el
aislamiento acústico para adecuarse a
la norma del Código Técnico de la Edficiación DB-HR . También aquellas que mejoren lo recogido en el documento del
CTE DB-HS sobre
salubridad , por lo que se contemplan ayudas para
reducir el promedio anual de concentración de radón a menos de 300 Bq/m3 o, según los casos, al menos una disminución de la cantidad en un 50%.
En edificios de viviendas también será subvencionable la
mejora en la eficiencia energética de ascensores e iluminación , así como la optimización del
suministro y consumo de agua en zonas comunes y aquellas medidas que faciliten la correcta
separación de residuos .
En otra línea del programa se subvencionan actuaciones a realizar en los
cimientos, las estructuras, cubiertas, fachadas e instalaciones , incluyendo la instalación de fachadas vegetales o cubiertas vegetales.
La exigencia de ahorro alcanzado por las actuaciones varía en las distintas zonas climáticas que define el Código Técnico de la Edificación (CTE):
- Zonas climáticas D y E: de un 35%.
- Zonas climáticas C: de un 25%.
- Zonas climáticas α, A y B: de un 20% o bien la reducción de un mínimo del 30% del consumo de energía primaria no renovable.
¿Cuáles son las cuantías de las ayudas para la rehabilitación energética de los edificios? Serán de hasta el 40% del coste subvencionable de la actuación, sin superar los 12.000 euros. Esta cantidad puede aumentar hasta 24.000 si es la vivienda de una persona con discapacidad y hasta el 75% en el caso de que los ingresos de los solicitantes sean tres veces menores que el
IPREM . La cuantía se incrementará en 1.000€ si los inmuebles son Bien de Interés Cultural (BIC) y en un 25% si los solicitantes tienen menos de 35 años. Asimismo, el plazo de ejecución de las obras subvencionadas no deberá superar los 24 meses.